Pensión por invalidez: Riesgo laboral o riesgo común

pensión por invalidez

En nuestro país los ciudadanos adscritos al sistema de seguridad social pueden resultar pensionados por invalidez, desde el instante en que por algún motivo ajeno a su voluntad, como un accidente, quede incapacitado o impedido de cumplir con el 50%, o más de su capacidad laboral.

En tal sentido, hay que destacar que este tipo de pensión a discapacitados puede darse por enfermedad o accidente, bien sea de origen común, laboral o profesional, por lo que dependiendo de la procedencia, será reconocida por la entidad que corresponda para cada situación.

Colpensiones es el único ente encargado de administrar las pensiones del Régimen Público. Asimismo, esta empresa industrial y comercial del Estado está fusionada con el Ministerio del Trabajo de Colombia.

De modo que sus aportes se encuentran en un fondo común y  esto significa que su pensión no obedecerá a la cuantía económica que tenga; sino que usted cumpla con la edad requerida (62 años si es hombre o 57 si es mujer) y el número de semanas mínimas cotizadas.

Ahora bien, en lo que respecta a un accidente o enfermedad de tipo laboral o común, es preciso aclarar que la entidad que debe responder por esta pensión discapacidad- laboralmente hablando- son las Administradoras de Riesgos Laborales, mejor conocidas en el país como ARL. 

Mientras que cuando se trate de accidente o enfermedad común, el fondo de pensión es quien debe responder al trabajador con la pensión por salud.

pensión por invalidez

Pensión por invalidez en riesgo común

La pensión invalidez por riesgo común se dio a conocer en 1993  a través de la ley 100, la cual establece que el fondo de pensión al que el empleado pertenezca, será el responsable de hacer cumplir este derecho.

Del mismo modo, el reglamento número 100 es tajante en indicar que la perdida de la capacidad laboral del empleado no podrá ser intencional; en otras palabras, el fondo debe averiguar si realmente se trató de un accidente o fue un hecho ideado por la persona.

Es importante destacar que el ingreso base de liquidación (IBL) es fundamental, pues se toma en consideración para obtener el monto de la pensión de cada ciudadano. 

Requisitos para acceder a la pensión

Los requerimientos para optar por una pensión por Invalidez son los siguientes:

Por enfermedad: El afiliado debe cotizar, por lo mínimo, 50 semanas dentro de los 3 años previos a la fecha en la cual se decreta su incapacidad.

En caso de que tenga menos de 20 años: debe haber cotizado, al menos, 26 semanas en el último año antes de la enfermedad o el accidente.

A los afiliados que hayan cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para aprobar la pensión de vejez, solo se les pedirá la cotización de 25 semanas en los últimos 3 años.

Por riesgos laborales, accidente o una enfermedad ocasionada durante la faena, el afiliado debe haber perdido el 50% o más de su capacidad laboral. A diferencia del resto, la pensión de invalidez por riesgos profesionales no amerita un monto mínimo de semanas cotizadas. 

También es importante que se tenga el certificado de invalidez donde conste que se ha perdido el 50% o más de su capacidad laboral, sin embargo, el afectado no comenzará a gozar de la pensión inmediatamente, pues la aseguradora tiene hasta 4 meses para dar respuesta.  

Determinación del grado de invalidez

Lo primero que usted debe hacer para recibir pensión a discapacitados es someterse a la evaluación de una Junta Regional que calificará la invalidez del trabajador, por lo que este último deberá limitarse a las disposiciones del Ministerio de la Protección Social, desde donde harán la puntuación conforme a la situación en específico del beneficiario.

Como se dijo al principio, el porcentaje de pérdida de la capacidad debe superar el 50%, pero aunque es un paso importante, esta apreciación no garantiza la adquisición de la pensión discapacidad como generalmente se estima.

Por otro lado, tome  en consideración que esa valoración es la suma de puntos siguiendo los parámetros establecidos por la legislación. 

pensión por riesgo laboral

Pensión por riesgo laboral

Este tipo de pensión está dirigida a accidentes o enfermedades directamente relacionadas con el contexto laboral.

Por citar un ejemplo: Dos  personas quedan parapléjicas en diferentes circunstancias; la primera tras sufrir un accidente mientras cumplía con su faena y la segunda luego de caer desde las escaleras de su casa.

Para el primer caso aplica una pensión de riesgo laboral, mientras que el segundo debe optar por una pensión de riesgo común.

En la situación de riesgo laboral, la pensión pasará a ser costeada por la ARL y en caso de que la empresa no se  haga cargo de las cotizaciones en un tiempo prudente, tendrá que asumir las consecuencias que eso trae consigo: gastos y multas.

También es fundamental estar afiliado a una Entidad Promotora de Salud (EPS) o Administradoras de Régimen Subsidiado (ARS), para así cubrir los desembolsos que se originen en materia de salud.

A continuación le presentamos los dos requisitos para acceder a la pensión por riesgo laboral:

-Estar asociado a una Administradora de Riesgo Laboral (ARL), cuando se genere el accidente o se diagnostique la enfermedad.

-Perder el 50% de la capacidad laboral.

4.9/5 - (11 votos)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir